Acta Pediátrica Española

ISSN 2014-2986
Acta Pediatr Esp. 2008; 66(1): 27-31

Los probióticos en el marco de la nueva normativa europea que regula los alimentos funcionales

Probiotics within the framework of the new European standard regulating functional foods

Resumen

La entrada en vigor de la nueva normativa sobre alimentos funcionales sólo permitirá incluir alegaciones que hagan referencia a efectos beneficiosos sobre la salud demostrados científicamente. Los probióticos constituyen una importante categoría dentro de los alimentos funcionales, contemplada en el marco de esta regulación. La posible introducción de nuevas cepas prebióticas, así como su uso en sectores distintos al de la alimentación, hace, no obstante, que las normas que rigen su comercialización requieran consideraciones adicionales, como la normativa de los nuevos alimentos. En el marco de la FAO/OMS en 2002 un grupo de expertos en probióticos ha trabajado en la definición de: a) el grado de evidencia científica necesario para poder incluir alegaciones de salud en los alimentos que contienen probióticos; b) las medidas necesarias para su regulación y etiquetado, y c) los criterios para evaluar su eficacia y seguridad. Aunque todavía no existe un consenso internacional sobre todos estos aspectos, sus recomendaciones se han transferido a la Comisión del Codex Alimentarius para su consideración en el marco que regula tanto los alimentos funcionales como los nuevos alimentos. En el contexto de los probióticos, la nueva normativa sobre alimentos funcionales destaca la necesidad de evaluar las relaciones dosis-efecto y definir de forma específica las propiedades beneficiosas, la población diana de cada probiótico y los aspectos relativos a su seguridad, hasta ahora sólo regulados en probióticos para alimentación animal. La estandarización de los criterios de evaluación de la funcionalidad y la seguridad de los prebióticos, así como el establecimiento de correlaciones entre los ensayos de evaluación in vivo e in vitro, siguen constituyendo un gran reto para la comunidad científica, los productores y los órganos reguladores. Globalmente, las medidas adoptadas van a contribuir a armonizar los criterios de comercialización de los alimentos funcionales (y, entre ellos, los que contienen probióticos) y a proteger los derechos de los consumidores mediante la transmisión de las alegaciones de salud en un formato normalizado.

Abstract

The coming into effect of the new regulation on functional foods will only allow the introduction of nutritional and health claims that are scientifically substantiated. Probiotics are an important category of functional foods that are taken into consideration in this regulation. However, the possible introduction of new probiotic strains, as well as their use in sectors other than the food industry, makes it necessary to establish additional considerations, such as the regulation of novel foods. In 2002, within the framework of the FAO/WHO, an expert consultation group worked to define (i) the amount of scientific evidence necessary to make health claims concerning probiotic foods, (ii) the means necessary for their regulation and labeling, and (iii) the criteria for the evaluation of their efficacy and safety. Although, as yet, there is no international consensus on these aspects, the recommendations of this consultation group have been transferred to the Codex Alimentarius Commission for their consideration within the framework of the regulations of both functional foods and novel foods. In the context of probiotics, as part of the functional foods, the new regulation points out the need to define the dose-effect relationships, the specific beneficial effect of each probiotic, the target population, and the safety issues, to date, only regulated in probiotics for animal feed. The standardization of the criteria for evaluating the efficacy and safety of probiotics, as well as the establishment of solid correlations between in vitro and in vivo trials, constitute challenges for the scientific community, the producers and the regulatory authorities. Overall, the regulations adopted will contribute to the harmonization of the criteria for commercialization of functional foods and those containing probiotics and to the protection of consumers' rights by communicating the health claims in a normalized format.

Fecha de recepción: 29/05/07.  Fecha de aceptación: 06/06/07.
Correspondencia:
Y. Sanz. Instituto de Agroquímica y Tecnología de los Alimentos (CSIC). Apartado de Correos 73, 46100 Burjassot (Valencia).
Correo electrónico: yolsanz@iata.csic.es
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